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IF-058 ¡PRESERVAR EL EMPLEO Y LA EMPRESA UNA META PARA TODOS!

Sabemos que el mundo enfrenta una situación atípica, los gobiernos de los diferentes países han implementado políticas que les  permitan atenuar el impacto a la economía y Costa Rica no es la excepción.

En el plano laboral contamos con la Ley 9832 y el Decreto 42284-MTSS, los cuales facultan a los empleadores y empresas ante la Emergencia Nacional a reducir jornadas de sus colaboradores e inclusive suspender los efectos de los contratos laborales.


 

Así entonces todo patrono que actualmente vea sus ingresos brutos afectados en al menos un 20%  en relación con sus ingresos del mismo mes del año anterior, como producto del suceso, podrá solicitar la reducción de la jornada de sus colaboradores hasta en un 50% del número de horas de la jornada laboral.

 En aquellos casos donde la disminución de los ingresos brutos alcance o sobrepase el 60%  por la situación de emergencia, se podrá autorizar la reducción temporal de  las jornadas de trabajo hasta en un 75%.

 La solicitud de suspensión de los contratos de trabajo se ampara a los incisos a) y b) del Código de Trabajo (falta de materia prima y fuerza mayor o caso fortuito) y se otorga la posibilidad de solicitar la autorización en cualquier tiempo siempre y cuando subsista la causa que le dio origen.

 Este proceso debe solicitarse ante la Inspección de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

 No  podemos olvidar que estas medidas son temporales y  que podrá aplicarse hasta por un plazo de 3 meses contabilizando desde la fecha de la solicitud, pudiendo ser prorrogada hasta por 2 periodos iguales (6 meses más) siempre  y cuando el patrono acredite la afectación.

 El proceso se puede llevar a cabo de forma digital.

 Estas medidas no son aplicables a los casos de fuero de protección, tales como mujeres embarazas y en periodo de lactancia.

 Sin duda podemos indicar que estas medidas les permite sostenibilidad a algunas empresas, no obstante, no se confíe, considere la temporalidad de las mismas, realice un plan de corto y mediano plazo, proyectando la situación actual en el tiempo, medite cual es la medida conveniente para su empresa y el momento apropiado para ejecutarla.

 Cuente con Labor Law Corp para la presentación ante el MTSS.

 LL.M. Sinaí Alfaro Araya

Labor Law Corp: Abogados laboralistas para empresas

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