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IF-054 Sobre los ajustes salariales que regirán en el 2020

Sobre los ajustes salariales que regirán en el 2020

El pasado lunes 28 de noviembre de 2019 circuló la noticia de que para el 2020 regirán tres aumentos simultáneos que afectarán a los patronos del Sector Privado, por lo que nos dimos a la tarea de recabar información al respecto:

Posición de la UCCAEP:  

UCCAEP advierte que tres incrementos salariales casi simultáneos en el 2020  provocarán mayor desempleo y golpeará a trabajadores con menos estudio

Sector empresarial solicita que decisión de homologar salarios se revierta.




 17 de noviembre, 2019.  La decisión del gobierno de realizar ahora una homologación de salarios, provocará un incremento del desempleo, golpeará a los trabajadores con menos estudios, generará pérdida de competitividad y será un golpe severo a las actividades económicas que están en franca desaceleración, así lo advierte la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones de la Empresa Privada (UCCAEP). La economía recibirá un fuerte impacto este lunes a las 4 pm, con la aprobación en firme del inicio de esta homologación salarial.

 “Sin el apoyo empresarial, pero con los votos sindicales y del gobierno en el Consejo Superior de Salarios, fue ratificada esa homologación la semana pasada, cuya entrada en vigencia, a partir de julio del 2020, sería muy grave”, así lo advirtió el presidente interino de UCCAEP, Álvaro Sáenz.

Sáenz enfatizó en que el esquema compuesto por el aumento anual del 2,54%, decretado el mes anterior, más la homologación, junto con el próximo incremento del aporte patronal al régimen del I.V.M. de la CCSS, elevarían los salarios mínimos muy por encima de la inflación.

Para el sector empresarial es imprudente aprobar y ejecutar la homologación salarial en el 2020, además provocando un fuerte impacto a sectores productivos tales como agricultura, comercio, transporte, turismo y construcción.

 “La racionalidad y la experiencia indican que un aumento del 1% o 2% salarial no ayudará a reducir la pobreza; esta bajará solo si se genera un crecimiento económico derivado de mejorar la competitividad y por lo tanto reducir el desempleo”, concluyó Sáenz.

Para la Unión de Cámaras, la decisión que ha tomado el gobierno junto a representantes sindicales debe revertirse, pues en administraciones pasadas existía la anuencia por parte del Poder Ejecutivo o sus representantes a llamar a los sectores afectados, situación que ahora no ocurrió.

Se nos confirmó el día de ayer por parte de UCCAEP que el pasado lunes 19 de noviembre, en sesión del Consejo Nacional de Salarios, por 6 votos del Gobierno y Movimiento Sindical, contra 3 votos del Sector Patronal, se aprobó un mecanismo de actualización de los salarios mínimos a cargo de los patronos, de manera que aplicando una gradualidad, se homologuen los salarios mínimos pagados por jornada diaria de 8 horas a los salarios mensuales, de manera que el salario por jornada ordinaria de 8 horas multiplicado por 30, siempre sea igual al salario mensual para los puestos determinados en el Decreto de Salarios Mínimos.

Con esta decisión se nos explica, se procura corregir los desajustes que se vinieron produciendo durante años en el modelo de cálculo del salario por hora ajustado a salario mensual, y el modelo de salario mensual homologado al valor de la jornada diaria por horas a 30 días, de manera que bajo los dos modelos, el salario mensual de una u otra forma sea el mismo.

La tabla aprobada es la siguiente:

Aumentos adicionales por homologación de salarios por jornada y mensual

Categoría

Julio 2020

Enero 2021

Enero 2022

Enero 2023

Enero 2024

Enero 2025

No calificado mensual

0.5217972%

 

 

 

 

 

Semicalificado Mensual

03986390%

03986390%

03986390%

03986390%

 

 

Calificado por jornada

03955514%

03955514%

03955514%

03955514%

 

 

Especializado Mensual

0.5562880%

0.5562880%

0.5562880%

0.5562880%

0.5562880%

0.5562880%


Quiere decir, que fuera del aumento del 2.53% sobre los salarios mínimos que fue aprobado por el Consejo Nacional de Salarios en su sesión del 23 de octubre de 2019 y que empezarán a regir a partir del 01 de enero de 2020, adicionalmente debe considerarse que se aprobaron estos aumentos adicionales para las cuatro categorías indicadas, que se irán aplicando gradualmente entre 1 y 6 años, dependiendo de cada caso, a fin de homologar los salarios mínimos establecidos por mes y por jornada.

Asimismo, se aprobó el 23 de octubre un incremento salarial adicional del 2,339% para las servidoras domésticas de manera que por cada 100 mil colones ganarán 2,339 colones más, de manera que la doméstica pasará de 190,377 colones actuales a 199,648 colones por mes a partir de enero del 2020.

En otro orden de ideas, recordamos que en La Gaceta No. 161 del 23 de agosto de 207 se publicó el acuerdo de la CCSS de reformar varios artículos y tres transitorios del Reglamento del IVM, de manera que en el Transitorio XI se incluyó una tabla de incrementos programados cada cinco años, empezando a aplicarse el primero en enero de 2010 y sucesivamente cada cinco años hasta el 2035, y aplicables tanto para el Estado, patronos y trabajadores. 

Bajo ese modelo se aplicó el ajuste del primer tramo quinquenal del 01 enero 2010 al 31 diciembre 2014, y el segundo tracto quinquenal del 01 enero 2015 al 31 diciembre 2019, no obstante, la Junta Directiva de la CCSS en junio de 2019 aprobó acelerar los ajustes de las contribuciones al IVM, y cambian de la siguiente forma:

 

Contribución actual:  

Estado:  1.24%.  

 

Patronos:  5.08%.  

Trabajadores:  3.84%

Del 01 enero 2020 al 31 de diciembre 2022, el esquema cambia así:  

Estado:  1.41%.

Patronos:  5.25%.

Trabajadores:   4.00%

 

Del 01 enero 2023 al 31 diciembre 2025, el esquema cambia así:

Estado:  1.57%.

Patronos:  5.42%.

  Trabajadores:  4.17%

 

Del 01 enero 2026 al 31 diciembre 2028, el esquema cambia así:

Estado:  1.75%.  

 Patronos:  5.58%.

Trabajadores:  4.33%

 

A partir del 01 enero 2029, el esquema cambia así:  

Estado: 1.91.%.  

Patronos:  5.75%

Trabajadores:  4.50%

 

Por lo tanto, a partir del 01 enero 2020 el porcentaje total de contribución del patrono a la CCSS pasará del 26.33% del salario total reportado en planillas al 26.50% y en el caso de los trabajadores la contribución pasa del 10.34% al 10.50%.

Por lo tanto, es cierto que en el 2020 el sector privado debe considerar en sus costos directos de mano de obra, y posiblemente en las facturas de servicios tercerizados, esos tres incrementos que se producirán con carácter obligatorio.

Tome nota y quedamos a sus órdenes para realizar sesiones de planificación estratégica a nivel laboral que incluyan la revisión de los costos de su planilla.

LL.M. Luis Medrano Steele
Socio Director 
Labor Law Corp
lmedrano@laborlawcorp.com

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